La Justicia bonaerense suspendió por 60 días la aplicación de la Ley 27.801, que establece el nuevo Régimen Penal Juvenil en todo el país. La medida cautelar rige únicamente en la provincia de Buenos Aires.
La resolución fue dictada por Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora, a partir de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.
En números
La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero de 2026 y publicada el 9 de marzo. El régimen alcanza a adolescentes desde los 14 años hasta antes de cumplir 18 y contempla penas alternativas, monitoreo electrónico y dispositivos especializados de alojamiento.
Jorge Macri cuestionó a Axel Kicillof por la suspensión y sostuvo que la edad no puede ser una excusa frente a delitos graves. También afirmó que el Régimen Penal Juvenil tiene plena vigencia en la Ciudad de Buenos Aires.
Según la resolución, la jueza expresó dudas sobre la infraestructura, los recursos materiales y el personal especializado disponibles en la provincia para aplicar el nuevo sistema. También señaló dificultades vinculadas con el alojamiento, la educación, la capacitación laboral y la reinserción social de los adolescentes privados de su libertad.
Lo que hay que saber
- La suspensión cautelar fue dictada por 60 días y alcanza a la provincia de Buenos Aires.
- La Ley 27.801 establece un régimen penal juvenil para adolescentes desde los 14 años.
- Jorge Macri cuestionó a Axel Kicillof y respaldó la vigencia del régimen en la Ciudad de Buenos Aires.
La resolución ordenó al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia adoptar las medidas necesarias para instrumentar la suspensión.
Además, el juzgado convocó a una audiencia para el 16 de septiembre de 2026. En esa instancia, funcionarios bonaerenses deberán informar las acciones realizadas y las previstas para adecuar el sistema a las exigencias de la nueva normativa.
La Fiscalía de Lomas de Zamora apeló la medida y cuestionó que un hábeas corpus preventivo colectivo pudiera suspender de manera general la aplicación de una ley nacional. La apelación deberá ser analizada por la Cámara de Apelación y Garantías correspondiente.
El Gobierno nacional reglamentó la Ley 27.801 mediante el Decreto 875/2026, publicado el 7 de septiembre. El Ministerio de Justicia fue designado como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal, mientras que la implementación requiere coordinación con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.
