La Legislatura de Río Negro sancionó el 3 de septiembre una nueva Ley Provincial de Carnes que incorpora al régimen de control sanitario el procesamiento y la comercialización de productos derivados de la fauna silvestre, entre ellos la carne de jabalí.
La norma establece un marco integral para la habilitación, el registro, la fiscalización y el control sanitario de los establecimientos y transportes vinculados con la faena, elaboración y comercialización de productos y subproductos de origen animal.
La inclusión de la fauna silvestre quedó establecida en el artículo 15, aprobado por 25 votos a favor, 16 en contra y una abstención. El artículo dispone que los productos deberán procesarse en establecimientos habilitados y quedar sujetos a las reglas provinciales de trazabilidad e inocuidad.
Lo que hay que saber
- La Legislatura de Río Negro sancionó la nueva Ley Provincial de Carnes el 3 de septiembre de 2026.
- La norma permite incorporar productos de fauna silvestre al circuito formal, siempre que cumplan los controles sanitarios correspondientes.
- La autoridad competente definirá las especies autorizadas, las temporadas, los cupos, las zonas habilitadas y los períodos de veda.
La ley no habilita una venta libre ni modifica por sí sola las reglas de caza. Para que la carne de jabalí pueda ingresar al circuito comercial deberá provenir de establecimientos habilitados, contar con controles sanitarios y ser trasladada en unidades autorizadas.
Además, la autoridad provincial deberá determinar cada año las especies permitidas, las temporadas de captura, los cupos de extracción, las zonas habilitadas y los períodos de veda. El esquema también contempla la posibilidad de procesar productos provenientes de especies autóctonas y exóticas, de acuerdo con la normativa vigente.
El debate generó cuestionamientos de sectores de la oposición, que pidieron limitar la comercialización a especies exóticas como el jabalí. Desde el oficialismo sostuvieron que la ley no modifica la protección de la fauna y que cualquier aprovechamiento deberá ajustarse a los planes de manejo correspondientes.
El régimen también establece nuevas categorías para los establecimientos y contempla a pequeños elaboradores artesanales que no superen los 500 kilos diarios de productos provenientes de la faena o los 100 kilos de productos elaborados.
Por otra parte, los productores registrados podrán solicitar autorización para trasladar carne vacuna y ovina destinada al autoconsumo. Ese permiso será exclusivamente no comercial y requerirá documentación como la guía de tránsito y la acreditación de propiedad del animal.
La autoridad provincial tendrá competencia sobre los establecimientos de tránsito provincial, mientras que los municipios conservarán el control de aquellos que abastezcan únicamente dentro de su jurisdicción.
