El Ministerio de Desregularización, liderado por Federico Sturzenegger, ha presentado hoy un proyecto de ley que introduce cambios significativos en la normativa de divorcio y en la estructura judicial. El primero de estos proyectos facilita el divorcio exprés sin necesidad de acudir a la Justicia, mientras que el segundo propone la modernización y digitalización del Poder Judicial para reducir costos y agilizar trámites.
Divorcio exprés en sede administrativa
El proyecto de ley sobre divorcio modifica el artículo 435 del Código Civil y Comercial, sumando el «divorcio en sede administrativa» como una nueva causa de disolución matrimonial. Esto permitirá que las parejas que se separen de mutuo acuerdo puedan realizar el trámite ante el Registro Civil, sin la necesidad de pasar por un proceso judicial. La nueva normativa solo será aplicable a solicitudes conjuntas, permitiendo a los cónyuges acudir directamente al oficial público del Registro Civil correspondiente.
Además, se modifican otros artículos del Código Civil y la Ley 26.413 para adaptarse a este nuevo procedimiento, lo que incluye registrar el divorcio en los libros matrimoniales como si se tratase de un trámite judicial, simplificando así el proceso.
Ley de Modernización Judicial
El segundo proyecto, titulado «Ley de Modernización, Digitalización y Desburocratización de la Justicia», introduce cambios para agilizar y modernizar el sistema judicial. La iniciativa busca eliminar la publicación obligatoria de edictos en los diarios, permitiendo que solo se publiquen en el Boletín Oficial, y propone la digitalización de varios trámites judiciales para reducir los costos administrativos.
Uno de los cambios más relevantes es la modificación de la Ley 9.967 sobre la extracción de fondos de las cuentas judiciales. Actualmente, estos fondos solo pueden ser removidos mediante orden judicial; sin embargo, el nuevo proyecto propone que solo se realicen transferencias electrónicas, eliminando el concepto de extracción manual.
Además, se elimina el monopolio del Banco Nación en la gestión de depósitos judiciales, permitiendo que estos puedan realizarse en cualquier entidad financiera en la que el Estado nacional, las provincias o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tengan participación accionaria. Esto incluye bancos privados como el Banco Macro, Grupo Financiero Galicia, y BBVA, entre otros.
La ley también modifica la normativa respecto a los bienes incautados, permitiendo que sean depositados en cualquier entidad financiera con participación estatal, ampliando las opciones de custodia de bienes más allá del Banco de la Nación y el Banco Ciudad.