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5 de mayo de 2022

Santiago Calderón Salomon : "Todavía no llegamos al objetivo que es que modifique la carátula a homicidio o a femicidio"

El Abogado de la familia de Magali Morales,Santiago Calderón Salomon , en diálogo con el programa "Digitalizando la Tarde" dio su punto de vista a raíz de la última resolución del tribunal de Impugnaciones sobre el caso Magalí Morales.

Este jueves, el Tribunal de Impugnaciones de la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Villa Mercedes, dio a conocer la resolución dictada en el marco de la apelación al fallo emitido por el Juzgado de Instrucción Penal del Departamento Junín en la causa: “Florencia Magalí Morales/ Av. muerte”, mediante el cual se resolvió la situación procesal de los cuatro policías imputados. RESEÑA DEL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA En fecha 2 de diciembre de 2021, el Juez interviniente, Dr. Jorge Osvaldo Pinto, dispuso el procesamiento de los cuatro efectivos policiales por incumplimiento a los deberes de funcionario público, y la prisión preventiva para dos de ellos por los delitos de aplicación de vejaciones y severidades en el ejercicio de sus funciones; en concurso real con el delito de incomunicación indebida del detenido. RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE IMPUGNACIONES Mediante Auto Interlocutorio N°38/22, de fecha 4 de mayo del corriente, el tribunal -integrado por los Dres. Hernán Herrera, Virna Eguinoa y Sandra Ehrlich- resolvió, entre otras cuestiones, que el Juzgado Penal a cargo del Dr. Jorge Pinto continúe con la investigación del caso, “debiendo tenerse presente que dicha pesquisa deberá llevarse adelante bajo la perspectiva de género”. Asimismo, dispuso la ampliación del llamado a indagatoria para los cuatro policías procesados, por considerarlos “co-autores de los delitos de torturas agravadas por el resultado muerte”. Y, en el caso de los efectivos de rango más alto; requirió que, además, sean indagados por los delitos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público mediante abuso de sus funciones, ambos en concurso real. En otro de los puntos de la resolución, el tribunal ordenó enviar copia de las actuaciones a la Unidad de Abordaje Fiscal de la Tercera Circunscripción Judicial para que se realice una investigación exhaustiva de la conducta desplegada por el Médico Forense que practicó la primera autopsia, a fin de establecer si el mismo incurrió en los delitos de encubrimiento agravado -por tratarse el hecho precedente de un delito especialmente grave y tratarse de un funcionario público-; y de omisión de los deberes de su oficio. Finalmente, los magistrados rechazaron el requerimiento del representante del particular damnificado (abogados de la familia Morales y Secretaría de Derechos Humanos de la Nación) para ampliar la imputación de los encausados por el delito de Homicidio Doblemente Calificado -previsto en el artículo 80, incisos 4° y 11° del Código Penal Argentino-, por no contar con elementos probatorios suficientes que avalen ese tipo de incriminación; rechazando también el pedido de llamado a indagatoria de otros tres policías por el mismo delito, en virtud de que, a criterio del tribunal, no se demostró su intervención activa u omisiva en los hechos investigados.

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