La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía ha imputado a 95 empresas en 20 provincias argentinas, incluidas San Luis y la Ciudad de Buenos Aires, por incluir en sus facturas cargos municipales ajenos al servicio contratado, como tasas de alumbrado, barrido y vigilancia. Esta medida se enmarca en la resolución 267/2024, que prohíbe el cobro de conceptos no relacionados directamente con el servicio público suministrado, en cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor.
Detalles y alcance de la medida
Las empresas tienen un plazo de cinco días hábiles para presentar su descargo. Si se verifica el incumplimiento, las sanciones pueden alcanzar hasta $2.130 millones, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley de Defensa del Consumidor. Desde la implementación de la normativa, se han recibido más de 2.700 denuncias a través del correo habilitado para estos reclamos.
Respuesta de los municipios
Varios intendentes, principalmente del Conurbano bonaerense, han justificado el cobro de tasas a través de las facturas de servicios básicos, argumentando que estos recursos son esenciales para financiar seguridad, alumbrado y espacios públicos. Algunos municipios incluso han obtenido amparos judiciales que les permiten seguir con esta práctica, pese a la prohibición.
Medidas adicionales y advertencias
El Ministerio de Economía ha instado a las estaciones de servicio a informar a los consumidores sobre la aplicación de tasas municipales en los combustibles mediante carteles visibles. Las empresas tienen 120 días para cumplir con esta disposición, bajo amenaza de sanciones si no se ajustan a la normativa.
Esta iniciativa busca transparentar los cargos en las facturas de servicios públicos, defendiendo los derechos del consumidor y eliminando cargos que incrementen el costo de los servicios básicos.