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6 de mayo de 2020

Planes de ahorro: la Justicia hizo lugar al reclamo de un consumidor

Por: Digital San Luis

En una causa que tramita en el Juzgado Civil N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial de la ciudad de San Luis, la Jueza ordenó que se congele el precio de las cuotas por un plazo de 6 meses.

La doctora Geraldina Ibañez, a cargo del Juzgado Civil N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, hizo lugar a una medida cautelar solicitada en un expediente y ordenó a la empresa demandada que congele el valor de las cuotas de un plan de ahorro por la compra de un automóvil por el plazo de 6 meses. 

“Consideré que estaban cumplimentados los requisitos  de las medidas cautelares y además, evalué la situación de vulnerabilidad económica en la que se encuentra la señora que es una docente, y que, ante el eventual falta de pago de las cuotas podría llegar a una ejecución prendaria”, dijo en diálogo con este medio la magistrada. 

“Entonces,  a los fines de evitar el secuestro del automotor, ordené que se congelaran las cuotas del plan por un plazo de 6 meses y la eximí del pago de la contracautela porque el acceso a la justicia para el consumidor es gratuito”, agregó. 

Cabe recordar el art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor N°22.240 dice que: “(…) Las actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente ley en razón de un derecho o interés individual gozarán del beneficio de justicia gratuita. La parte demandada podrá acreditar la solvencia del consumidor mediante incidente, en cuyo caso cesará el beneficio”.

Por último, cabe señalar que  a la hora de dictar el fallo, la magistrada evaluó otros elementos que dejaban a la actora en condiciones de vulnerabilidad como consumidora: “Es necesario tener en cuenta la actual inflación económica de  público conocimiento que nuestro país viene sufriendo desde el años 2018  y la declaración de pandemia del COVID-19 por la OMS el pasado 30 de enero de 2020, lo que llevó al dictado de  los Decretos Nacionales Nº 297/20, 320/20 que dispone la emergencia sanitaria,  ello trae  aparejada  consecuencias económicas al consumidor y torna de muy difícil cumplimiento para el mismo hacer frente a sus obligaciones en los términos estipulados en los contratos, redactados para una situación muy distinta a la actual, en la que la epidemia producida por el coronavirus ha modificado la cotidianeidad, los ingresos y las previsiones de los y las habitantes del país.” 

Fuente: Dirección de prensa y Comunicación Institucional

 



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