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6 de abril de 2020

La ley que rebaja las jubilaciones de privilegio de jueces fue promulgada en el Boletín Oficial

Por: Página 12

La norma, que se extiende a fiscales y diplomáticos, eleva del 11 al 18 por ciento el aporte que deben realizar al sistema previsional y pasa a calcular el haber inicial jubilatorio sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones, en el lugar de sobre el último sueldo.

El gobierno promulgó la ley que rebaja las jubilaciones de privilegio de jueces, fiscales y diplomáticos. La modificación había sido aprobada por el Congreso el 12 de marzo y hoy fue publicada en el Boletín Oficial. La norma eleva del 11 al 18 por ciento el aporte que deben realizar al sistema previsional y pasa a calcular el haber inicial jubilatorio sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones, en el lugar de haberlo sobre el último sueldo.

Además, eleva la edad jubilatoria para los hombres que pasará de 60 a 65 años, mientras que las mujeres del Poder Judicial mantendrán la edad jubilatoria de 60 años equiparada con el régimen general. El texto también establece que para acceder al régimen especial deberán haber trabajado 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida.

 

La rebaja a estas jubilaciones de privilegio fue sancionada en el Senado por 41 contra 21, con el apoyo del Frente de Todos y la oposición de Juntos por el Cambio. En Diputados el proyecto había conseguido la media sanción con la ausencia de la oposición macrista, que se retiró del recinto.

Los haberes de los jueces eran 14 veces más altos que los del resto de los jubilados. Según se conoció en los meses del debate, la jubilación media de los magistrados está en 293 mil pesos, cuando las del régimen general rondan los 20 mil.

 

Tras la sanción de la ley, hubo decenas de renuncias para anticiparse a la entrada en vigencia del nuevo cálculo jubilatorio.



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