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SAN LUIS

7 de junio de 2019

Invitaba a nenas a pasear y las hacía filmar mientras tenía sexo con su pareja

Por: Crónica

La mujer engañaba a las menores y a sus madres para conducirlas a un hotel de la Capital Federal donde realizaba el aberrante material.

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (CNCCC) confirmó la condena a 12 años de prisión de una mujer como coautora del delito de corrupción de menores de edad y partícipe de abuso sexual contra nenas.

La Sala III de la CNCCC rechazó este viernes el recurso presentado por la defensa de Marta Alicia Zalazar, quien con la excusa de llevar “a pasear” a las menores de edad, las retiraba de sus casas y las hacía presenciar y filmar con teléfonos mientras mantenía relaciones con su pareja, Carlos Alberto Pingel, condenado en otro juicio a una pena inferior.

Los hechos que tuvieron como víctima a tres pequeñas de menos de 13 años se registraron durante meses a partir de febrero de 2009, en la habitación de un hotel en Lima al 1400 de la ciudad de Buenos Aires y en dependencias de la Prefectura Naval Argentina, en zona de la Costanera, donde trabajaba Pingel.

Zalazar aprovechaba la relación de confianza y amistad que tenía con las madres de las nenas y las retiraba para llevarlas a pasear o al cine, mientras que a las niñas les ofrecía regalos y advertía que no contaran lo presenciado.

Según consta en la causa, durante las relaciones sexuales, que incluyeron práctica de sexo oral, la pareja le decía a la ocasional víctima: “mirá, esto se hace así”, y en algunas ocasiones le pedía que “tocara” al acusado.

De acuerdo a los informes médicos “no hubo fabulación” durante las entrevistadas en cámara Gesell, cuando las niñas negaron que “Marta” actuara condicionada por amenazas, sumisión o miedo a su pareja, ya que durante sus exhibiciones “hablaban, comían y se reían” entre ellos.

Los camaristas Pablo Jantus, Mario Magariños y Horacio Días afirmaron que el tribunal que dictó la condena hizo una ”prolija descripción de las manifestaciones de las víctimas”, sumado a la valoración del resto de la prueba incriminatoria.

Ponderaron además “las acciones de la imputada tendientes a engañar a las niñas y a sus madres para conducirlas sin la presencia de éstas al hotel, a la sede en la que laboraba Pingel o a su habitación, según el caso, para concretar los encuentros sexuales en presencia de aquellas”; y luego “para convencerlas de que no relataran lo ocurrido”. 

“Es muy claro que además de mantener relaciones sexuales consentidas con Pingel frente a las menores, el aporte de Zalazar fue el proveer a las niñas para tales actos, aprovechando la confianza con sus madres y con excusas relacionadas con su esparcimiento y diversión llevarlas a dar paseos, comer o ver películas”, añadieron.



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